Siempre que oímos algo de reducciones, todo el mundo desea saber si se las puede aplicar y en caso positivo, cómo aplicárselas.

Pues bien, nos encontramos ante el caso de un autónomo en estimación directa simplificada, es decir, un autónomo que calcula su rendimiento teniendo en cuenta sus gastos y sus ingresos, y que su importe neto de cifra de negocios es menos de 600.000€/año.

Los que nos encontremos en este caso, cuando vayamos a liquidar nuestro querido modelo 130, debemos saber y tener en cuenta que calcularemos nuestro rendimiento neto previo (restando a nuestros ingresos los gastos que podamos deducirnos) y a ese importe le dediciremos un 5%. Ése será nuestro rendimiento neto, que será gravado por un 20% en concepto de IRPF.

Esta deducción del 5% se hace para que los autónomos en estimación directa simplificada puedan restar una cantidad aproximada de gastos de difícil justificación.

En el modelo 130 no hay un apartado específico para tener reflejar dicha reducción, por lo que somos nosotros los que debemos calcularla. Sin embargo, cuando hagamos la Declaración de la renta (modelo 100), el cálculo del 5% es automático con sólo poner tus ingresos y tus gastos.